Regulación y política
Salida en falso: La regulación peruana de IA que es celebrada sin ser leída
El 9 de septiembre de 2025, Perú publicó el Decreto Supremo N° 115-2025-PCM, reglamentando su Ley de Inteligencia Artificial…

El 9 de septiembre de 2025, Perú publicó el Decreto Supremo N° 115-2025-PCM, reglamentando su Ley de Inteligencia Artificial. Las reacciones inmediatas fueron predeciblemente entusiastas: "¡Perú líder en regulación de IA en Latinoamérica!", "¡Marco normativo pionero!", "¡Ejemplo de gobernanza tecnológica!".
Pero hay un problema: quienes celebran no parecen haberlo leído.
El síndrome del "primer país en..."
Latinoamérica tiene una fascinación particular con ser "el primero" en regular tecnologías emergentes. Es comprensible el deseo de liderazgo, pero regular tecnología que no entendemos ni usamos es construir castillos en el aire.
Este decreto revela su desconexión desde las definiciones fundamentales:
IA: "Disciplina científica orientada a la investigación y desarrollo de sistemas basados en IA"
Esto es una tautología. Definir Inteligencia Artificial usando "sistemas basados en IA" es como definir medicina como "la ciencia que estudia cosas médicas". No explica nada. Un estudiante que escribiera esto reprobaría. ¿Nadie en la Presidencia del Consejo de Ministros notó que estaban definiendo algo usándose a sí mismo?
Sistema basado en IA: "Sistema basado en máquina que, para objetivos de forma explícita o implícita, infiere, a partir de la entrada que recibe, cómo generar salidas tales como predicciones, contenido, recomendaciones o toma de decisiones que puedan influir en la o los entornos físicos o digitales."
Esta definición revela una comprensión limitada de la IA, enfocada casi exclusivamente en sistemas generativos tipo ChatGPT. ¿Dónde quedan los sistemas de visión computacional? ¿Los modelos de clasificación? ¿Las redes de optimización? La definición parece escrita por alguien que descubrió los chatbots y pensó que eso era toda la IA.
Regulando fantasmas: el reglamento peruano de IA que nadie necesitaba
Pero aquí viene la revelación que hace todo aún más desconcertante: este reglamento aplica principalmente a las entidades de la Administración Pública. El sector privado queda fuera, salvo cuando participe en el Sistema Nacional de Transformación Digital. Estamos entonces ante una paradoja fascinante: el Estado peruano ha creado 36 artículos de regulación exhaustiva para supervisar sus propios sistemas de inteligencia artificial. ¿Cuáles sistemas? Esa es la pregunta del millón que aparentemente nadie formuló durante los meses de redacción. El gobierno peruano no está desarrollando modelos de lenguaje, no tiene proyectos de visión computacional, no está construyendo sistemas de predicción avanzados. La realidad es más prosaica: el Estado peruano apenas logra mantener funcionando sus sitios web, y ahora debe cumplir con evaluaciones de impacto algorítmico para sistemas que simplemente no posee. La confesión implícita en cada página
Cada artículo del reglamento es una confesión involuntaria del estado real de la tecnología gubernamental peruana. Cuando dedican párrafos a regular el reconocimiento facial que no tienen, están admitiendo que aspiran a tenerlo algún día. Cuando clasifican riesgos de sistemas de evaluación crediticia algorítmica, revelan que ni siquiera han digitalizado los procesos básicos que precedería a cualquier algoritmo. Cuando crean un sandbox para experimentación, confiesan que no tienen nada que experimentar. Es un documento aspiracional disfrazado de marco regulatorio, un plan de lo que les gustaría regular si algún día tuvieran qué regular.
La celebración que revela todo
Y sin embargo, los feeds de LinkedIn se llenan de celebraciones. "Perú líder en regulación de IA", proclaman quienes no leyeron más allá del titular. Consultores ya preparan cursos sobre compliance que nadie necesita. Académicos organizan conferencias sobre un marco regulatorio para tecnología inexistente. Es un ecosistema completo construido alrededor del vacío, una economía de la simulación donde todos fingen que regular es tan bueno como construir, donde tener un reglamento es igual a tener la tecnología. La celebración misma es la prueba más contundente de nuestro problema: preferimos la apariencia del progreso al progreso mismo, el teatro de la modernidad a la modernidad real.
El Decreto Supremo N° 115-2025-PCM no es un marco regulatorio; es un espejo. Y lo que refleja no es un país listo para liderar en IA, sino uno que confunde decretos con desarrollo, regulación con realización, y papeles con progreso. Un país que necesita menos reglamentos para tecnologías que no tiene y más honestidad sobre las capacidades que necesita construir.
Lecturas recomendadas complementarias: https://www.hks.harvard.edu/centers/carr-ryan/our-work/carr-ryan-commentary/perus-ai-regulatory-boom-quantity-without-depth